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IRPF – Tributación de las primas de opciones de compra

El Tribunal Supremo ha publicado su sentencia de 21 de junio de este año en la que considera que las ganancias patrimoniales derivadas de la percepción de primas por el otorgamiento de un contrato de opción de compra se integran en la renta del ahorro del IRPF, y no en la general.

Este criterio es contrario al que ha defendido la Dirección General de Tributos en diversas consultas vinculantes (la más reciente, la V2428-20, de 15/7/2020), por lo que aquellos contribuyentes que hayan seguido el criterio de la DGT deberían valorar la posibilidad de impugnar las declaraciones del año en que obtuvieran la contraprestación por la cesión de la opción de compra y solicitar la devolución de ingresos indebidos, siempre y cuando estemos ante un ejercicio no prescrito.

 

IVA – Modificación de la base imponible por créditos incobrables

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 2 de junio de 2022, ha establecido que el requisito de que el sujeto pasivo inste el cobro del IVA mediante requerimiento notarial al deudor se satisface con cualquier comunicación notarial, pues exigir requisitos solemnes rigurosos contradice el principio de neutralidad del IVA, teniendo en cuenta que el sujeto pasivo (máxime en supuestos ajenos a fraude o evasión fiscal) no debe afrontar con sus propios recursos la carga del IVA que corresponde a terceros.

Accede a la sentencia completa en este enlace.

 

 

 

IRPF – La exención por trabajos realizados en el extranjero puede aplicarse a los rendimientos percibidos por los administradores

El Tribunal Supremo, en su sentencia de 20 de junio de 2022, en respuesta a la cuestión con interés casacional, y basándose en una interpretación literal, lógica, sistemática y finalista del art. 7.p) de la Ley del IRPF, ha declarado –en contra del criterio reiterado de la DGT– que la exención prevista en dicho artículo relativa a los rendimientos del trabajo correspondientes a trabajos realizados en el extranjero (con un límite anual de 60.100 euros), sí puede aplicarse a los rendimientos percibidos por los administradores y miembros de los Consejos de Administración.

 

Accede a la sentencia en este enlace.

Plusvalía municipal –  Posibilidad de iniciar a instancia de parte el procedimiento de revocación de las liquidaciones firmes del IIVTNU

El Tribunal Supremo, en su sentencia del 9 de febrero de 2022, reconoce la posibilidad de iniciar a instancia de parte el procedimiento de revocación de una liquidación firme del IIVTNU (La “plusvalía municipal”) y, por otro lado, afirma que es posible que los actos de aplicación de una norma que es declarada inconstitucional, puedan configurar un supuesto de infracción manifiesta de la Ley y entrar en juego la revocación de dicho acto.

De esta manera, se reconoce la posibilidad de iniciar a instancia de parte del procedimiento de revocación de liquidaciones firmes del IIVTNU, y cabrá valorar su aplicación a liquidaciones de otros impuestos cuando estemos ante un supuesto de infracción manifiesta de ley.

Si tienes cualquier duda o requieres de alguna aclaración al respecto, contacta con nosotros.

 

Puedes acceder a la sentencia completa en este ENLACE.

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones – Concepto de activos afectos para la bonificación de “empresa familiar”

El Tribunal Supremo, en su reciente sentencia de 10 de enero de 2022, a partir de una interpretación finalista de los beneficios fiscales de la empresa familiar, admite que los activos financieros de una compañía (acciones, renta fija, fondos de inversión, depósitos,..), si puede justificarse que son necesarios para su actividad y que, por ejemplo, le permiten obtener financiación externa en condiciones favorables, pueden estar afectos a una actividad económica. Es decir, hace depender esta afectación de la prueba que aporte la compañía.

Este criterio supondrá un argumento importante a esgrimir ante la Administración Tributaria, dado que, en la práctica, ésta deniega automáticamente que los activos financieros puedan estar afectos a una actividad económica, no sólo en el ámbito del Impuesto sobre Sucesiones (para la bonificación del 95%) sino, también, en el del Impuesto sobre el Patrimonio (para su exención).

Si necesitas más información al respecto, no dudes en contactar con nosotros.

 

Consulta la sentencia en este LINK.