El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha dictado la primera sentencia que estima una petición de indemnización complementaria a la legalmente establecida en un despido objetivo declarado improcedente.
El TSJC considera que en circunstancias excepcionales, cuando la indemnización legal sea claramente insuficiente, no compense el daño que se ha producido al trabajador con la pérdida del puesto de trabajo y no tenga efectos disuasivos por la empresa, el juez o tribunal, a petición del trabajador con la correspondiente cuantificación, podrá conceder una indemnización complementaria teniendo en cuenta los daños morales y el lucro cesante que se hayan producido al trabajador por la extinción de su contrato, amparada por el mínimo coste del despido dada la escasa antigüedad del trabajador.
Para más información accede AQUÍ