IVA – ¿Las facturas escaneadas, digitalizadas y enviadas al cliente son facturas electrónicas?

Jun 7, 2022 | Flash Fiscal

Suele ser bastante habitual que en lugar de emitir las facturas exclusivamente en formato electrónico se generen tanto en soporte digital primero y, de manera simultánea, se emitan en soporte físico para su archivo por el cliente. Pues bien, sobre este punto es sobre el que se ha pronunciado la Dirección General de Tributos en su reciente consulta vinculante (V0666-22), de 28 de marzo de 2022, en donde establece el siguiente criterio:

«Por tanto, una factura expedida y recibida en formato electrónico tendrá la consideración de factura electrónica aunque hubiera sido emitida originalmente en papel y posteriormente digitalizada por la consultante (expedidor de la factura); no así, sin embargo, las facturas que, habiendo sido emitidas y expedidas en papel, sean recibidas en este mismo formato por los destinatarios.

 

De la información aportada en el escrito de consulta no se conoce con exactitud si la factura es entregada en papel o únicamente por correo electrónico, por lo que siendo válida tanto la facturación en papel como por medios electrónicos conforme a lo indicado previamente, solo tendrá la consideración de factura electrónica cuando haya sido expedida y recibida en formato electrónico y reúna todos los requisitos establecidos en el Reglamento citado».

En conclusión, la consideración como factura electrónica de una factura escaneada en formato físico dependerá de si este escaneo o digitalización es realizado por el emisor ( será factura electrónica) o por el receptor de la misma (en cuyo caso no será factura electrónica).

 

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