Modificación del plazo de pago de las cuotas del IAE de clase nacional o provincial

Del mismo modo que se ha venido aprobando en ejercicios anteriores, en el BOE del pasado 15 de junio de 2022 se publicó la Resolución de 8 de junio de 2022, del Departamento de Recaudación de la AEAT, por la que se modifica el plazo de ingreso en período voluntario de los recibos del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2022 relativos a las cuotas nacionales y provinciales y se establece el lugar de pago de dichas cuotas.

El nuevo plazo de ingreso de las cuotas nacionales y provinciales del IAE es el comprendido entre el 15 de septiembre hasta el 21 de noviembre de 2022, ambos inclusive.

El pago se realizará a través de las entidades de crédito colaboradoras en la recaudación, utilizando el documento de ingreso que se hará llegar al contribuyente.

Cuando el documento de ingreso no se haya recibido o se haya extraviado, deberá realizarse el ingreso utilizando un duplicado que se recogerá en la Delegación o Administraciones de la AEAT correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente para el caso de cuotas de clase nacional, o de la provincia del domicilio donde se realice la actividad, en el caso de cuotas de clase provincial.

 

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Plan Anual de Control Tributario – Criptomonedas

La AEAT ha publicado la Resolución de 26 de enero de 2022 por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2022, entre las que destacamos las relativas a las nuevas obligaciones de información sobre monedas virtuales introducidas por la Ley 11/2021, de 9 de julio.

En esta Resolución se establece que será en el ejercicio 2022 cuando se desarrollen reglamentariamente los modelos referidos a estas obligaciones, por lo que, previsiblemente, la primera información sobre estos activos virtuales deberá aportarse en 2023 respecto al ejercicio 2022. Es decir, en este año 2022 no habrá que aportar información sobre las criptomonedas correspondiente al año 2021.

 

 

Sesión informativa: «Las claves de la Reforma Laboral para el 2022» – 8 de febrero a las 9:00h

El pasado mes de diciembre se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la Reforma Laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Actualmente se encuentra en estado de negociación parlamentaria para su tramitación final como ley.

Desde Audiconsultores ETL Global hemos organizado una sesión presencial que tendrá lugar el próximo martes 8 de febrero de 9:00h a 10:30h en el Hotel Hesperia Presidente (Av. Diagonal, 570, 08021 Barcelona) en la que explicaremos los principales cambios que se avecinan con esta nueva reforma laboral.

Para ello contaremos con Jesús Echevarría Mendiguren, CEO Iberia & LatAm de Randstad, que nos proporcionará una cimentada visión empresarial al respecto y con Maite Gordo Liseda, responsable del área jurídico-laboral de Audiconsultores ETL Global, que analizará los detalles de la normativa.

Si es de tu interés, te invitamos a asistir a esta sesión de la que podrás consultar todos los detalles a continuación.

Accede a toda la información sobre la sesión y realiza tu INSCRIPCIÓN a través del siguiente LINK.

 

Novedades fiscales en la Ley de presupuestos Generales del Estado

Ayer se publicó en el BOE la Ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, en la que se incluyen medidas tributarias, entre las que destacan las siguientes:

a) IRPF – Planes de pensiones. Se reduce a 1.500 euros (2.000 euros en 2021) la aportación máxima anual al plan de pensiones individual que da derecho a disfrutar de reducción en el IRPF. No obstante, en el caso de las aportaciones a planes de pensiones de empresa, será posible aportar hasta 10.000 euros (sin que la suma de aportaciones a planes individuales y de empresa pueda superar los 10.000 euros). La aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se mantiene en 1.000 euros anuales.

b) Impuesto sobre Sociedades:

  • Cuota líquida mínima. A partir de 2022, las empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros o bien que consoliden fiscalmente, en general, deberán declarar una cuota líquida mínima en el Impuesto sobre Sociedades del 15% de la base imponible.  En ciertos casos, se han establecido límites porcentuales diferentes (por ejemplo, en las empresas de reciente constitución, el porcentaje es del 10%, y en entidades de crédito o hidrocarburos, del 18%).
  • Régimen de arrendamiento de viviendas. La bonificación prevista en el régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas (REAV) para determinadas rentas derivadas de dicha actividad se reduce del 85% al 40%.

Sorprendentemente, el texto hoy publicado en el BOE no incluye Disposición Final de entrada en vigor de la Ley.

Esperando que este último Flash Fiscal del año sea de tu interés, ¡¡¡te deseamos lo mejor para el 2022!!!.

 

Facturación electrónica obligatoria B2B

Se está tramitando la Ley de Creación y Crecimiento de Empresas que introduce la obligatoriedad de emitir factura electrónica en las operaciones realizadas entre empresas y autónomos, quienes deberán facilitar el acceso a los programas informáticos necesario para que los destinatarios puedan gestionar sus facturas de manera gratuita durante el período de 4 años.

Si bien esta obligación entrará en vigor al año de la publicación de la Ley en el BOE (plazo que será de 3 años para las empresas y autónomos que facturen menos de 8 millones de euros), debemos estar atentos en qué términos finalmente se aprueba para poder ayudar a nuestros clientes a su aplicación.

Os mantendremos informados.