Ayer se publicó en el BOE la Ley 22/2021 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, en la que se incluyen medidas tributarias, entre las que destacan las siguientes:
a) IRPF – Planes de pensiones. Se reduce a 1.500 euros (2.000 euros en 2021) la aportación máxima anual al plan de pensiones individual que da derecho a disfrutar de reducción en el IRPF. No obstante, en el caso de las aportaciones a planes de pensiones de empresa, será posible aportar hasta 10.000 euros (sin que la suma de aportaciones a planes individuales y de empresa pueda superar los 10.000 euros). La aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se mantiene en 1.000 euros anuales.
b) Impuesto sobre Sociedades:
- Cuota líquida mínima. A partir de 2022, las empresas con una cifra de negocios superior a 20 millones de euros o bien que consoliden fiscalmente, en general, deberán declarar una cuota líquida mínima en el Impuesto sobre Sociedades del 15% de la base imponible. En ciertos casos, se han establecido límites porcentuales diferentes (por ejemplo, en las empresas de reciente constitución, el porcentaje es del 10%, y en entidades de crédito o hidrocarburos, del 18%).
- Régimen de arrendamiento de viviendas. La bonificación prevista en el régimen especial de las entidades dedicadas al arrendamiento de viviendas (REAV) para determinadas rentas derivadas de dicha actividad se reduce del 85% al 40%.
Sorprendentemente, el texto hoy publicado en el BOE no incluye Disposición Final de entrada en vigor de la Ley.
Esperando que este último Flash Fiscal del año sea de tu interés, ¡¡¡te deseamos lo mejor para el 2022!!!.