La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante V0212-13, de 9 de febrero de 2023, ha confirmado que el burofax es un medio válido para acreditar que se ha reclamado el pago al deudor y poder recuperar el IVA no cobrado, en la medida en que permite acreditar el envío de la reclamación, la identidad de remitente y destinatario, el resultado y la fecha de su entrega.