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IS – Operaciones de reestructuración: Facilitar la sucesión futura NO se considera motivo económico válido.

May 31, 2022 | Flash Fiscal

La Dirección General de Tributos (DGT), en su consulta vinculante V3151-21, analiza la posible aplicación del régimen fiscal especial de reestructuraciones a la escisión total de una holding que asigna todo su patrimonio en cuatro partes, cada una de las cuales se transmitirá en bloque a cuatro sociedades de nueva creación, recibiendo los socios un número de participaciones de todas las sociedades beneficiarias proporcional a su respectiva participación en la sociedad que se escinde.

La finalidad de la operación es simplificar la sucesión futura y facilitar el relevo generacional evitando conflictos entre los hijos de la socia mayoritaria, ya que cada sociedad beneficiaria sería dirigida de forma diferenciada, asumiendo cada hijo (o ciertos hijos) la dirección de una de las nuevas sociedades. Esto permitiría una gestión y toma de decisiones mucho más dinámica e independiente, sin diferencias de criterio y posibles conflictos y, previsiblemente, con mayores beneficios.

Pues bien, la DGT…

…considera que la finalidad de simplificar la sucesión futura y facilitar el relevo generacional alegada no es motivo de reestructuración o racionalización de las actividades, como requiere la normativa, de lo que se desprende la no aplicación del régimen fiscal especial.

Accede a la consulta vinculante completa AQUÍ.

 

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