Se acaban de publicar dos sentencias del Tribunal Supremo en que declara que las empresas de hostelería pueden reducir su cuota del IAE por el tiempo que sufrieron la paralización de su actividad durante la pandemia, sin que sea preciso ni probar en particular la paralización o cierre de la empresa, ni poner en conocimiento de la Administración tal circunstancia, pues ambas derivan directamente de la ley y se impone como consecuencia de las medidas sanitarias.
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