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Nuestro asociado del área Legal, Roger Barón, especialista en derecho mercantil y societario, ha participado en la publicación enEspaña – InvestIn Spain n.º 47 publicada por el ICEX este mes de agosto. En su tribuna, Barón, revisa las diferentes modificaciones de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LGDCU) que entraron en vigor el pasado 1 de enero de 2022, en virtud del Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abrilpor el que se transponen determinadas directivas de la Unión Europea las cuales armonizan la regulación de esta materia dentro de la Unión Europea y refuerzan la protección jurídica del consumidor.

Las medidas introducidas más importantes son:

      • En primer lugar, se establece un nuevo plazo de garantía legal para productos nuevos, que pasa a ser de dos a tres años, mientras que la protección a consumidores se amplía a los contratos de suministro de contenidos o servicios digitales, para los que se establece un plazo de garantía de dos años.
      • En segundo lugar,  se amplía el plazo durante el cual se invierte la carga de la prueba para acreditar la falta de conformidad de un producto.
      • Finalmente, las empresas deben garantizar un servicio técnico adecuado, que deben garantizar repuestos durante al menos diez años desde que el producto se deje de fabricar, y que el plazo de prescripción de la acción de los consumidores para recuperar los bienes entregados al empresario para su reparación pasa de los tres a los cinco años a partir del momento de la entrega.

 

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