En el BOE del 29 de febrero se publicó la Resolución de 21 de febrero de 2024, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2024.
Señalar que muchas de las medidas anunciadas ya estaban incluidas en los planes de control tributario de años anteriores.
De las medidas de actuación para el 2024, algunas de las principales directrices en el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, son entre otras, las siguientes:
– Grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales.
Dentro de los precios de transferencia tendrán relevancia las siguientes áreas: las reestructuraciones empresariales, la valoración de transmisiones o cesiones intragrupo de distintos activos, especialmente los intangibles, la deducción de partidas que pueden erosionar significativamente la base imponible, como los pagos por cánones de la cesión de intangibles o por servicios intragrupo, las operaciones fiscalmente vinculadas de carácter financiero o la existencia de pérdidas reiteradas.
En el ámbito internacional las inspecciones coordinadas tendrán mayor relevancia en el 2024 (inspecciones conjuntas “join audits”).
Atención preferente a la comprobación de la correcta declaración de las retenciones a cuenta del IRNR. Se comprobará si quien percibe las rentas (dividendos, intereses, cánones) tiene o no la condición de beneficiario efectivo, al objeto de comprobar que no se produce un uso abusivo de la normativa europea que pretende facilitar la libertad de movimiento de capitales dentro de la Unión.
Un ámbito prioritario de actuación son los grupos que tributan en el régimen de consolidación fiscal, con independencia de la dimensión y estructura de los mismos.
– Control del Impuesto sobre Sociedades.
Durante el 2024 la inspección de los Tributos incidirá en expedientes en los que existan bases imponibles negativas, créditos fiscales en base o cuotas pendientes de compensar o de aplicar.
En el ámbito del IVA, algunas medidas son las siguientes:
– En el 2024 se seguirá con la verificación del adecuado cumplimiento las obligaciones referidas al SII.
– Se prestará especial atención sobre los operadores extranjeros que venden sus productos en España a través de plataformas de comercio electrónico.
A efectos del IRPF y de la imposición personal se intensificará el control sobre las criptomonedas, viviendas en alquiler, rentas en el extranjero, cambios de residencia, Impuesto a grandes fortunas, etc.
Accede a la resolución al completo AQUÍ