1.- Novedades fiscales introducidas por la Ley 38/2022:
- Se aprueba el impuesto temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas, que se configura como un impuesto complementario al Impuesto sobre el Patrimonio y que estará vigente en los ejercicios 2022 y 2023.
- En el ámbito del Impuesto sobre Sociedades, se establece una limitación temporal, que solo será aplicable en el ejercicio 2023, a la compensación de las BINS del propio ejercicio en los grupos consolidados.
En concreto, durante este ejercicio, la base imponible del grupo fiscal estará formada por la suma de las bases imponibles individuales positivas y, como novedad, solo el 50% de las bases imponibles negativas individuales. El restante 50% de la base imponible negativa individual generada al 2023 por una sociedad que forma parte del grupo fiscal se integrará en la base imponible del grupo, por décimas partes, los debe primeros periodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero del 2024.
- Por el qué hace al Impuesto sobre el Patrimonio, se someten a tributación las participaciones en entidades no residentes que tengan activos inmobiliarios que estén radicados en España.
- Se establece un nuevo gravamen temporal energético, que aplica durante los años 2023 y 2024 a las entidades que tengan la consideración de operador principal en los sectores energéticos.
2.- Novedades fiscales introducidas por el Real decreto ley 20/2022:
Reducción temporal y extraordinaria del tipo del IVA entre el 1 de enero y el 30 de junio del 2023:
- Se aplica el tipo del 5% a los aceites de oliva y de semillas.
- Se aplica el tipo del 0% al pan común, las harinas panificables, determinados tipos de leche, los quesos, los huevos y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales.
No obstante si la tasa interanual de la inflación subyacente del mes de marzo es inferior al 5,5%, esta reducción del tipo del Iva dejarán de ser aplicables a partir del 1 de mayo del 2023.
- Se prorroga por todo el año 2023 la reducción del tipo de IVA del 5% a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural, briquetas y “pellets” procedentes de la biomasa, y a la madera por leña.
3.- Novedades fiscales en la Ley de Presupuestos:
- El IRPF: Se incrementa la reducción por rendimientos netos del trabajo en las rentas bajas y el umbral de la obligación de declarar, y se establecen los nuevos tramos incrementados, hasta el 28%, de la escala del ahorro.
- El Impuesto sobre Sociedades: Se aprueba el tipo de gravamen reducido del 23% por las entidades con una cifra de negocios inferior a 1.000.000 euros.
- El IVA:
- Se flexibilizan los requisitos y termas para la modificación de la base imponible del IVA por impagos.
- Con efectos a partir del 1 de enero del 2023, la cláusula de cierre para localizar las prestaciones de servicios contenida en el artículo 70.Dos de la Ley del IVA, que consideraba localizados en España los servicios que fueran utilizados o explotados efectivamente en este territorio, solo aplica a determinados servicios específicos.
- Se establece un nuevo supuesto de inversión del sujeto pasivo en el caso de las entregas de entregas de desechos de plástico y de material textil.
- Se excluye de la inversión del sujeto pasivo a las prestaciones de servicios de arrendamiento de bienes inmuebles que estén sujetos y no exentas a IVA, y a las prestaciones de servicios de intermediación en el arrendamiento de inmuebles efectuados por empresarios o profesionales no establecidos.
- Interés legal y de demora: Durante el ejercicio 2023 el interés legal del dinero es del 3,25%, y el interés de demora tributario queda fijado en el 4,0625%.
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