El Tribunal Económico Administrativo Centra (TEAC), en su resolución de 20 de marzo de 2024, ha reiterado, en línea con anteriores resoluciones, que los rendimientos obtenidos por un residente en Alemania derivados del arrendamiento de un bien inmueble situado en territorio español, están sujetos a tributación en España, sin que le sean de aplicación las reducciones previstas en la LIRPF (en particular, la del 60% por tratarse de un arrendamiento de vivienda).
Estaremos atentos a si este criterio, ciertamente cuestionable, cambia si llega a la vía contencioso administrativa.
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