Nuestros profesionales del área especializada en IVA han preparado un portfolio sobre la propuesta de la Directiva del Consejo relativa al IVA en la era digital (ViDA) donde se destacan una serie de cambios significativos en las normativas del IVA que se implementarán progresivamente hasta 2035. A partir de la aprobación de la Directiva, probablemente en 2025, los Estados miembros podrán exigir la expedición obligatoria de facturas electrónicas para transacciones realizadas dentro de su territorio y permitir el uso de estas sin la aceptación del destinatario. Se introduce un cambio importante a partir del 1 de enero de 2027, donde las plataformas que faciliten entregas de bienes dentro de la Comunidad cuando estas son realizadas por proveedores no comunitarios a otros sujetos pasivos serán consideradas como proveedoras de los bienes.
Además, se extiende la responsabilidad en la recaudación del IVA a las plataformas digitales que faciliten el arrendamiento de viviendas por cortos períodos de tiempo y los servicios de transporte de personas.
Para el 1 de julio de 2030, se definirá formalmente el concepto de factura electrónica, que deberá cumplir con un standard europeo, aunque se permitirá el uso de otros estándares para transacciones específicas. Además, se introducen los Requisitos de Notificación Digital, que exigirán que tanto proveedores como destinatarios declaren, en tiempo real, determinadas operaciones electrónicamente a las autoridades fiscales. Estas medidas buscan modernizar y adaptar el Sistema común del IVA a las necesidades de la economía digital, facilitando procesos y asegurando el cumplimiento fiscal en la transacción de bienes comunitarias.
Para más información sobre esta novedad podéis contactar con Fernando Matesanz y Ana González, responsables de nuestro Departamento de IVA.