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IS – Aportaciones entre sociedades hermanas

Abr 15, 2024 | Flash Fiscal

La Dirección General de Tributos, en su consulta vinculante V2061-23 de 13 de julio de 2023, ha establecido que las aportaciones de dinero no reintegrables que pueda realizar una sociedad a otra sociedad hermana, ambas participadas por los mismos socios personas físicas y prácticamente con los mismos porcentajes de participación, genera en la sociedad aportante una disminución de fondos propios (por la parte coincidente en las participaciones) y en la destinataria un incremento de sus fondos propios, sin que tenga incidencia alguna en la base imponible de ésta.

Adicionalmente, la DGT manifiesta que la aportación realizada por una sociedad a los fondos propios de otra no produce efectos en el IRPF de los socios personas físicas de una y otra sociedad, al ser los socios ajenos a dicha aportación.

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