Seleccionar página

Nuevo Modelo sobre monedas virtuales situadas en el extranjero

Mar 21, 2024 | Flash Fiscal

El 4 de abril de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto 249/2023. Este Real Decreto constituye el desarrollo reglamentario de la Ley 11/2021, y en él, se aprueba el nuevo modelo 721, que se utilizará para informar de las monedas virtuales situadas en el extranjero del ejercicio 2023 y siguientes ejercicios.

 

  • Están obligados a presentar el modelo 721 las personas físicas y jurídicas que sean titulares de monedas virtuales en el extranjero, o respecto de las cuales tengan la condición de beneficiarios, autorizados o de alguna otra forma ostenten poder de disposición, o de las que sean titulares reales.
  • No quedarán obligados a presentar este modelo, aquellos sujetos pasivos que sus saldos a 31 de diciembre de monedas virtuales valorados en euros no superen, conjuntamente, los 50.000 euros.
  • La presentación de la declaración en los años sucesivos solo será obligatoria cuando el conjunto de monedas virtuales hubiese experimentado un incremento superior a 20.000 euros respecto de la última declaración presentada. Sin embargo, será obligatoria su presentación en los supuestos de dejar de ser titular, beneficiario, autorizado o de alguna otra forma ostenten poder de disposición o titulares reales respecto de esas monedas virtuales.
  • El plazo de presentación de esta declaración finaliza el 31 de marzo de cada año.

Este modelo comparte las excepciones y el plazo de presentación con el modelo 720 Declaración sobre Bienes y Derechos situados en el Extranjero.

Desde Audiconsultores ETL GLOBAL nos ponemos a su disposición para cualquier aclaración.

Para acceder al listado completo de Mini Boletines Fiscales haz clic en la imagen.