La AEAT, en su web, ha publicado una nota sobre los aplazamientos y fraccionamientos de las deudas tributarias, cuyas novedades principales pasamos a comentar:
- Por un lado, se remite a la reciente Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, que ha ampliado el importe de la exención de la obligación de aportar las garantías necesarias para la concesión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, y para obtener la suspensión de los actos administrativos objeto de recurso y reclamación, que ha pasado de los 30.000 euros establecidos en la normativa anterior a los 50.000 euros actuales.
- Y, como complemento de la nueva Orden, la Directora del Departamento de Recaudación de la Agencia Tributaria ha dictado dos Instrucciones (la 1/2023, de 31 de marzo, y la 2/2023, de 3 de abril) que establecen un esquema de tramitación de aplazamientos y fraccionamientos más flexible, ampliando los plazos máximos de pago, que serán de 24 meses para las personas físicas y 12 meses para las personas jurídicas, para las solicitudes exentas de aportar garantías cuando el importe total de deuda pendiente sea superior a 3.000 euros.
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