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BOE – Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas

Sep 30, 2022 | Flash Fiscal

Ayer día 29 de septiembre se publicó en el BOE la Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de Empresas.

El artículo 12 de esta Ley impulsa la adopción generalizada de la factura electrónica, ampliando a todos los empresarios y profesionales en sus relaciones comerciales la obligación de expedir y remitir facturas electrónicas, y de proporcionar información sobre el estado de las facturas.

Las soluciones tecnológicas y plataformas ofrecidas por empresas proveedoras de servicios de facturación electrónica, así como las propias de la empresa deberán garantizar la interconexión e interoperabilidad de manera gratuita.

Durante un plazo de 4 años desde la emisión de las facturas, los destinatarios podrán solicitar copia de factura sin incurrir en costes adicionales, sean o no clientes.

El receptor no puede obligar al uso de una solución o plataforma determinada.

En caso de incumplimiento, la norma prevé unas multas de hasta 10.000€.

Esta norma debe ser objeto de desarrollo reglamentario. Por ello, se establece que para los empresarios y profesionales cuya facturación anual sea superior a 8.000.000 euros, esta norma entrará en vigor al año de aprobarse el desarrollo reglamentario.

Para las empresas que facturen menos de 8.000.000 de euros esta obligación entrará en vigor en 2 años desde la aprobación de dicho desarrollo reglamentario.

Finalmente, señalar que la entrada en vigor de esta norma está supeditada a la obtención de la excepción comunitaria al artículo 232 de la Directiva del IVA, que establece que el uso de la factura electrónica está condicionado a su aceptación por el receptor.

 

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