En el Mini Boletín de hoy:
Consulta de la DGT: IS. AJUSTE POSITIVO. Se pregunta si el ajuste positivo de la base imponible del IS por recargos debe realizarse en el año en que se recibe la notificación del recargo correspondiente o en el año en que se efectúa el pago del mismo. La AEAT responde que se hará en el periodo impositivo en que haya tenido lugar el registro contable del gasto correspondiente a tales recargos
Resolución del TEAC: IVA. Base imponible. Modificaciones de la base imponible. Rectificación de la repercusión. Descuentos que se sitúan en una fase anterior de la cadena de producción o distribución del producto.
Sentencia de interés: IS. TASACIÓN PERICIAL CONTRADICTORIA. La AN confirma el uso de la TPC en las comprobaciones de operaciones vinculadas.
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