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ITP – Extinción de condominio sobre varios inmuebles

Sep 19, 2024 | Flash Fiscal

El Tribunal Supremo, en sus sentencias de 26 y 30 de abril de 2024, ha considerado que está sujeta a la cuota gradual de la modalidad de AJD – Documentos Notariales (y no a la de TPO – Transmisiones Patrimoniales Onerosas) la operación por la que se disuelven de manera simultánea varias comunidades de bienes sobre inmuebles de los mismos titulares (condóminos) mediante la adjudicación de los bienes a cada uno de ellos (de manera proporcional a las respectivas cuotas de participación) sin que medie compensación por exceso de adjudicación, y sin que tenga relevancia a efectos fiscales que los bienes adjudicados hubieran sido adquiridos e incorporados a los condominios en virtud de distintos títulos de adquisición.

El TS considera que dentro del ámbito civil se reconoce también el llamado “patrimonio colectivo”, en el que un patrimonio conformado por bienes y derechos perteneciente en común a varias personas procedente de distintos negocios jurídicos inter vivos y/o mortis causa que, en caso de no regularse especialmente como en algunos supuestos, se rige por las normas civiles propias de la comunidad de bienes; sin que al efecto sea relevante ni el título de adquisición, ni si se conformó mediante negocios jurídicos simultáneos o sucesivos.

Se trata de una sentencia muy positiva en tanto da luz al tratamiento fiscal de una operación bastante habitual.

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